Los Estados reunidos en el décimo período de sesiones de la Conferencia de las Partes en la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, el 16 de octubre, aprobaron una resolución sobre La prevención y la lucha contra los delitos que afectan al medio ambiente en el ámbito de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.
Al acoger la nueva Resolución, la Secretaria General de la CITES, Ivonne Higuero, dijo: "El reconocimiento y la lucha contra los delitos que afectan a la vida silvestre como un delito grave permite movilizar instrumentos importantes y poderosos, como los disponibles a través de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, en los esfuerzos de cooperación internacional para hacer frente a las formas más graves de delitos contra la vida silvestre. Estas incluyen, entre otras, la asistencia jurídica mutua, las extradiciones, las investigaciones conjuntas, el uso de técnicas de investigación especializadas y el decomiso de bienes".
"La importancia de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional como instrumento jurídico de movilización en la lucha contra los delitos contra la vida silvestre es ampliamente reconocida por las Partes en la CITES, y en la Resolución Conf. 17.6 la Conferencia de las Partes en la CITES se pide al Comité Permanente de la CITES que, con el apoyo de la Secretaría de la CITES, asegure la estrecha cooperación de la CITES con la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional. La resolución aprobada en el décimo período de sesiones de la Conferencia de las Partes en la CITES pone de relieve aún más la complementariedad de ambas Convenciones en la lucha contra los delitos relacionados con la vida silvestre", añadió la Secretaria General Higuero.
Dado que se reconocen los efectos de los delitos que afectan al medio ambiente en las economías nacionales y en los esfuerzos mundiales por alcanzar los objetivos de desarrollo sostenible, la resolución pide a las Partes de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional que redoblen sus esfuerzos para disuadir, detectar, investigar y castigar esas actividades ilegales. También reafirma el papel de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional como un poderoso instrumento mundial que ofrece un amplio margen de cooperación para hacer frente a las formas existentes y emergentes de la delincuencia organizada transnacional, incluidos los delitos que afectan al medio ambiente.
Entre otras cosas, la Resolución hace un llamamiento a las Partes para que apliquen una legislación que les permita abordar los delitos contra la vida silvestre que entran en el ámbito de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional como un delito grave, según lo define la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional. También alienta la aplicación de marcos eficaces de lucha contra el blanqueo de dinero basados en los riesgos y pide a las Partes que mitiguen los riesgos de corrupción y que intensifiquen sus esfuerzos para combatir la corrupción, que a menudo permite las acciones de grupos delictivos transnacionales involucrados en delitos contra la vida silvestre.
Además, en la Resolución se hace gran hincapié en la necesidad de seguir mejorando la cooperación en los esfuerzos por hacer frente a los delitos que afectan al medio ambiente, incluidos los delitos contra la vida silvestre. Por ejemplo, mediante asociaciones interinstitucionales, como el Consorcio Internacional para Combatir los Delitos contra la Vida Silvestre, una poderosa alianza entre la Secretaría de la CITES, la INTERPOL, la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, el Banco Mundial y la Organización Mundial de Aduanas (OMA), para fortalecer los sistemas de justicia penal y prestar un apoyo coordinado a nivel nacional, regional e internacional a fin de combatir los delitos contra la vida silvestre y los delitos forestales.